El Nacional - Viernes 30 de Septiembre de 2005              A/6

 

Política

Desestimaron recurso contra J. V. Rangel por discriminación

 

 

                VANESSA GÓMEZ QUIROZ

 

 

Cuando la Sala 7 de la Corte de Apelaciones confirmó el sobreseimiento de la causa penal contra José Vicente Rangel y Feijoo Colomine por el despido de tres empleadas del Consejo Nacional de Fronteras presuntamente por haber firmado a favor del referéndum revocatorio contra Hugo Chávez, las demandantes —Rocío San Miguel, Magally Chang y Thaís Peña— recurrieron a la última instancia legal: el Tribunal Supremo de Justicia.

 

Sin embargo, el magistrado Eladio Aponte Aponte, quien se reservó el recurso en la Sala de Casación Penal, rechazó ayer tal petición “por manifiestamente infundada”.

 

De acuerdo con los planteamientos del ex fiscal general militar, “las recurrentes contrariaron el espíritu y propósito del recurso de casación, establecido en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, al referirse conjuntamente en cada una de sus denuncias a diferentes alegatos y disposiciones legales, causando confusión y falta de certeza en su pedimento”.

 

Al parecer, el magistrado Aponte Aponte consideró exagerado que San Miguel, Chang y Peña utilizaran para sus denuncias contra Rangel y Feijoo el Código Orgánico Procesal Penal, la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

 

El 27 de mayo del año pasado, las ex empleadas del Consejo Nacional de Fronteras solicitaron al Ministerio Público la apertura de una averiguación penal por considerar que fueron despedidas por razones políticas.

 

Las demandantes alegaron que Rangel, en su carácter de presidente del organismo, y Feijoo Colomine, como director del ente, incurrieron en delitos tipificados en el Código Penal, la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y la Ley contra la Corrupción.

 

La causa estuvo en manos de la fiscal Gledys Carpio, que se limitó a solicitar el testimonio de San Miguel, Chang y Peña, así como el de Colomine, puesto que no se convocaron otros testigos y fue rechazada como medio de prueba una grabación en la que Colomine presuntamente reconocía el despido como medida de retaliación.

 

El magistrado Aponte Aponte expresó en la sentencia que las recurrentes no especificaron cuáles eran los elementos que consideraban que no fueron examinados por la Corte 7™ de Apelaciones.

 

San Miguel: Sin sorpresas

La ex asesora jurídica del Consejo Nacional de Fronteras Rocío San Miguel reconoció no sentirse sorprendida por la decisión de la Sala Penal del TSJ.

 

“Esto ratifica lo que ha venido sucediendo durante un año y medio; era algo esperado puesto que si no hay investigación, difícilmente hay sentencia; es decir, durante un año y medio no hubo nadie del Poder Judicial que investigara la situación que denunciamos”, expresó San Miguel.

 

Recalcó que durante el proceso no fueron citados testigos ni declarantes para comparecer ante la Fiscalía: “Sólo escucharon a Feijóo Colomine (secretario ejecutivo del Consejo de Fronteras), que consignó una serie de documentos que supuestamente justificaban el despido”.

 

Indicó que por ahora evalúa las posibilidades de acudir al Sistema Interamericano “ya que la ley venezolana y la tutela judicial no dio respuesta”.


EL UNIVERSAL                                     Caracas, Viernes 30 de septiembre de 2005-10-02

 

Juez Superior laboral también negó amparo al derecho al sufragio
TSJ cerró caso de tres despedidas por avalar el referendo revocatorio

EDGAR LOPEZ

Según la Sala Penal la demanda estuvo manifiestamente infundada
(Foto Oswer Díaz Mireles)

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia puso fin al proceso penal emprendido contra el vicepresidente José Vicente Rangel por Rocío San Miguel, Magally Chang y Thaís Peña, tres trabajadoras del Consejo Nacional de Fronteras que habrían sido destituidas de sus cargos por avalar con sus firmas el referendo revocatorio del mandato del presidente Hugo Chávez.

En ponencia del magistrado Eladio Aponte Aponte, se declaró sin lugar el recurso de casación ejercido por la defensa de San Miguel, Chang y Peña contra la sentencia de la Sala 7 de la Corte de Apelaciones que confirmó el sobreseimiento de la causa (promovido por la fiscal del Ministerio Público Gledys Carpio y decretado por la juez 21 de Control, Frennys Bolívar) por considerar que los hechos investigados no tenían carácter penal.

A juicio del máximo tribunal, el último esfuerzo de las ex empleadas del Consejo Nacional de Fronteras para que Rangel fuera sancionado penalmente fue "manifiestamente infundado". El fallo indica que no señalaron con precisión en qué consistían los supuestos vicios del proceso en su contra.

San Miguel, Chang y Peña fueron despedidas el 12 de marzo de 2003 y el 27 de mayo siguiente formalizaron su denuncia contra Rangel y contra Feijoo Colomine, director general del Consejo Nacional de Fronteras, por la comisión de los delitos de apremio ilegítimo e impedimento violento del ejercicio de derechos políticos, establecidos en los artículos 176 y 167 del Código Penal. También invocaron delitos establecidos en la Ley del Sufragio y Participación Política, la cual penaliza el menoscabo de la libertad del voto y mucho más cuando el agraviante es un funcionario público. Y, adicionalmente, el artículo 68 de la Ley Anticorrupción, que sanciona al funcionario público que en abuso de sus funciones favorezca electoralmente a a un candidato o movimiento político.

Consultada sobre la sentencia de la Sala Penal, Rocío San Miguel dijo que quedó demostrado que el Estado, por órgano de la Fiscalía, ni siquiera tuvo voluntad para investigar. Además, ayer reveló que la acción de amparo en defensa de su derecho al sufragio también resultó infructuosa, pues el pasado 9 de septiembre, el juez Superior Tercero Laboral, Herman Vásquez, negó la tutela requerida.


No descartan acudir a organismos internacionales


Rocío San Miguel, Magally Chang y Thaís Peña han agotado todos los recursos ordinarios y extraordinarios establecidos en la legislación venezolana para reivindicar los derechos que consideran violados. Ello implica que queda abierta la posibilidad de solicitar ante los organismos internacionales de protección de los derechos humanos la tutela que no encontraron en los tribunales del país.

San Miguel dijo que en todo momento estuvo consciente de que la lucha no iba a ser fácil, pues en su contra obraría la falta de independencia del Ministerio Público y de los tribunales; particularmente en este caso, pues quien figura como agraviante es el vicepresidente de la República.

Aunque prefirió analizar la situación con detenimiento, Rocío San Miguel dijo que no descartan acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En ello las seguirían acompañando Provea y el Centro de Derechos Humanos de la UCAB._EL