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¿Está el Poder Legislativo controlado por el Poder Ejecutivo?

¿Está el Poder Judicial controlado por el Poder Ejecutivo?

¿Está el Poder Electoral controlado por el Poder Ejecutivo?

¿Está el nuevo Poder Ciudadano (Fiscal Gral. de la República, Contralor Gral. de la República y Defensor del Pueblo) controlado por el Poder Ejecutivo?

¿Están parcializados los nuevos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia?

¿Se viola la carrera judicial?

¿Se aplican en los tribunales venezolanos los principios constitucionales?

¿El Tribunal Supremo de Justicia está al servicio del Gobierno?

¿Es el Consejo Nacional Electoral (CNE) un organismo imparcial?

¿Responde el Consejo Nacional Electoral (CNE) a los intereses de la sociedad civil o a las del Poder Ejecutivo?

¿Actúa el Consejo Nacional Electoral (CNE) de acuerdo a la legalidad?

¿Es el proceso de votación automatizado un proceso confiable?

¿Contiene el Registro Electoral Permanente (REP) información precisa y veraz?

¿Son los medios de comunicación realmente independientes?

¿Limita el Código Penal la libertad la de expresión?

¿Son los periodistas perseguidos, amedrentados u hostigados por sus reportes noticiosos?

¿Han sido respetados los derechos humanos de las victimas de Abril de 2002 e investigado a sus responsables?

¿Existe discriminación política en Venezuela?

¿Se respeta el libre pensamiento en la educación?

¿Se respeta la vida privada del ciudadano venezolano?

¿Se violan los derechos humanos en Venezuela?

¿Estan presos y perseguidos los defensores de la democracia en Venezuela?

¿Hay presos y perseguidos políticos en Venezuela?

¿Gobierna el Ejecutivo bajo un estilo militar?

¿Está debilitado el sistema de partidos políticos en Venezuela?

¿Se respetan las organizaciones sindicales tradicionales?

¿Se le permite a la sociedad civil ejercer las funciones que le confiere la Constitución?

 
Independencia de los Poderes Públicos
¿ESTÁ EL PODER JUDICIAL CONTROLADO POR EL PODER EJECUTIVO?

Sumario

  • Fuertes presiones sobre la Corte Suprema de Justicia para aprobar un referéndum consultivo inconstitucional y así convocar la Asamblea Nacional Constituyente.
  • Las presiones continuaron hasta provocar la renuncia de la mayoría de los magistrados a finales de agosto de 1999.
  • Asamblea Nacional designó el nuevo Tribunal Supremo de Justicia en ausencia de diputados de la oposición y violando el artículo 263 de la Constitución.
  • Gobierno intenta modificar la Ley Orgánica de TSJ luego de que éste tomara decisiones en contra de la línea política del Ejecutivo.
  • La Ley Orgánica del TSJ se aprobó con mayoría simple (83 de 165) en lugar de la mayoría calificada reglamentaria (2/3 partes) de la Asamblea Nacional.
    TSJ reclama mayor número de Magistrados aún cuando en su informe de 2004 señala haber resuelto el 94% de los casos presentados.
  • Se amplía el número de magistrados de 20 a 32 y se designan 32 nuevos magistrados suplentes.
  • Presidente de la Comisión de Postulaciones sugirió que no abriría espacio alguno para la oposición en el seno del TSJ.
  • Omar Mora Díaz, Presidente del nuevo TSJ, se declaró abiertamente como ?revolucionario? y expresó su intención de aplicar una ?justicia revolucionaria?.

1. El Gobierno del Presidente Hugo Chávez Frías ejerció desde el principio fuertes presiones sobre la Corte Suprema de Justicia (actual Tribunal Supremo de Justicia) para lograr que ésta aprobara la realización del referendo consultivo que permitiera convocar una Asamblea Constituyente a pesar de que éste mecanismo no estaba contemplado en la Constitución de 1961.

2. Las presiones continuaron hasta que provocaron la renuncia de la mayoría de los magistrados a finales de agosto de 1999, entre ellos, la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Cecilia Sosa, quien renunció a raíz de la juramentación de los 9 miembros de la Comisión de Emergencia Judicial para la reorganización de ese Poder.

3. Luego del proceso Constituyente y una vez electa la nueva Asamblea Nacional en el año 2000, ésta designó el nuevo Tribunal Supremo de Justicia con los votos de las dos terceras partes de los simpatizantes del Gobierno y en ausencia de la mayoría de los parlamentarios de oposición. Adicionalmente, no fueron observadas las normas establecidas para su designación en el artículo 263 de la Constitución y en su lugar se tomaron en cuenta los criterios establecidos por los propios magistrados del Tribunal (algunos de ellos candidatos a ser reelegidos). Estos criterios están contenidos en una sentencia del propio TSJ dictada el 12 de diciembre del año 2000 con relación a la Ley Especial para la Ratificación o Designación de los Funcionarios y Funcionarias del Poder Ciudadano y Magistrados y Magistradas del Tribunal Supremo de Justicia para el Primer Período Constitucional.

4. El gobierno comienza una campaña para modificar la Ley Orgánica del TSJ después de que éste tomara decisiones que resultaran en contra de la línea política del Ejecutivo, entre ellas: (1) que el TSJ en Sala Plena no encontrara méritos para enjuiciar a los militares acusados de rebelión durante los sucesos de abril de 2002 que culminaron con una breve salida del poder del Presidente Chávez Frías en abril de 2002 y (2) que en la sala Electoral del TSJ se produjeran sentencias a favor de las firmas recolectadas por la oposición para solicitar el Referendo Revocatorio Presidencial.

5. De acuerdo con el artículo 203 de la Constitución, toda Ley Orgánica debe ser aprobada por mayoría calificada de las dos terceras partes de la Asamblea Nacional. Sin embargo, la Ley Orgánica del TSJ fue modificada en diciembre de 2004 únicamente con el voto de la mayoría simple oficialista de la Asamblea (83 de 165 diputados).

6. Las razones que alegó el Gobierno para modificar la Ley Orgánica del TSJ se basaban en la necesidad de incrementar el número de Magistrados debido a la gran cantidad de trabajo pendiente. Sin embargo, en enero del 2005, en su discurso de apertura a las actividades del año judicial, el entonces Presidente del TSJ, Magistrado Iván Rincón Urdaneta, señaló que durante el año 2004 el TSJ había incrementado su productividad y dijo: ?? este incremento anual refleja el alto nivel de eficiencia de cada una de las salas que conforman el Tribunal Supremo de Justicia?? (TSJ. Serie Eventos No. 14, pagina 10). En el informe de actividades del TSJ de 2004 se aprecia como el Tribunal resolvió el 94% de los casos que le fueron presentados.

7. La nueva Ley Orgánica del TSJ, a pesar de las recientes declaraciones de su Presidente, amplía el número de magistrados de 20 a 32. Aunque su nulidad fue demandada por algunos ciudadanos y diputados, su constitucionalidad fue ratificada por una sentencia del TSJ el 26 de enero de 2004. El 14 de diciembre de 2004, la Asamblea Nacional procedió a designar 17 nuevos magistrados principales: 12 para cumplir con la ampliación contemplada en la nueva ley y 5 para completar los puestos vacantes de aquellos magistrados que se habían acogido a la jubilación. Igualmente, la Asamblea Nacional designó 32 magistrados suplentes, figura que no existía en la legislación anterior.

8. Según el presidente del Comité de Postulaciones de la Asamblea Nacional que eligió a los nuevos magistrados?el diputado Pedro Carreño? el Gobierno del Presidente Chávez Frías no abriría espacio alguno para la oposición en el seno del TSJ: ?No nos vamos a meter un autogol?, expresó, anunciando la línea dura que se impondría: Los electos ?son magistrados cuya filiación revolucionaria está más que garantizada?. De ésta manera, se eligió entre los nuevos magistrados a algunos, que hasta el momento de su designación, se desempañaron como militantes y simpatizantes del partido de Gobierno, miembros de la bancada oficialista de la Asamblea Nacional y uno de ellos, Francisco Carrasquero, Presidente del Consejo Nacional Electoral.

9. En el discurso inaugural del nuevo TSJ el 4 de febrero de 2005; su nuevo presidente, el magistrado Omar Mora Díaz, se autocalificó como un ?revolucionario? e indicó su determinación a aplicar una ?justicia revolucionaria?. Posteriormente, en ocasión de presentar su plan estratégico para reformar el Poder Judicial, Mora Díaz propuso ante el resto de los magistrados del TSJ, la aplicación de un procedimiento para el ?saneamiento revolucionario" de la Magistratura. Lo anterior produjo la reacción de importantes juristas.